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ZONA VIDEOVIGILADA

SEGUNDA CAPA – INFORMACIÓN DETALLADA

Esta información debe estar disponible en el sitio web de la constructora (accesible vía código QR) y cumplir con TODOS los requisitos del Art. 12 de la LOPDP.

1. RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

  • Razón Social: CONSTRUCTORA ARGUDO
  • RUC: 0190347206001
  • Dirección: Provincia el Azuay, Cantón Cuenca, Calle Miguel Moreno y Belisario Andrade.
  • Representante Legal: Miguel Ángel Alvear
  • Contacto DPO: Javier Ulloa Alvear, correo: cadpo@argudo.com.ec
  • Teléfono: (07) 2815050 / (07) 2885350

2. Finalidad del Tratamiento

Garantizar la seguridad institucional y protección de personas, bienes e instalaciones mediante la captación y almacenamiento de imágenes para:

  • Prevención de accesos no autorizados
  • Identificación y documentación de incidentes de seguridad física
  • Protección de la integridad de empleados, visitantes y activos

Base de legitimación: Interés legítimo (Art. 7. numeral 7 y 8 LOPDP)

3. Base Legal del Tratamiento

Fundamento jurídico: Artículo 7, numeral 4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP)

4. Tipos de Tratamiento

  • Captación de imágenes mediante cámaras de videovigilancia
  • Almacenamiento de grabaciones
  • Visualización en caso de incidentes de seguridad
  • Conservación temporal conforme a plazos establecidos
  • Fecha y hora de captación
  • Ubicación dentro de las instalaciones

IMPORTANTE: NO se captura audio (prohibido según Art. 15 de la Resolución SPDP-SPD-2025-0041-R)

5. Tiempo de Conservación

Las grabaciones se conservan por el plazo estrictamente necesario para cumplir la finalidad de seguridad institucional, considerando:

  • Detección e investigación de incidentes de seguridad
  • Eventuales requerimientos de órganos de control
  • Procesos administrativos o judiciales en curso

Plazo general: Conservación un mínimo de 7 días y máximo 15 días.

Transcurrido el plazo, las grabaciones se eliminan de forma segura conforme a los Arts. 8, 9 y 11 del Reglamento General de la LOPDP.

6. Existencia de Base de Datos

Existe un sistema de videovigilancia que registra imágenes de personas que ingresan o transitan por las instalaciones.

7. Origen de los Datos Personales

Los datos se obtienen directamente del titular mediante la captación de su imagen al transitar por las zonas videovigiladas de la institución.

8. Otras Finalidades y Tratamientos Ulteriores

No se prevén finalidades o tratamientos ulteriores distintos a la seguridad institucional, salvo obligación legal que así lo exija (requerimiento judicial, órgano de control, etc.).

9. Delegado de Protección de Datos Personales (DPO)

  • Nombre: Javier Ulloa Alvear
  • Dirección: Miguel Moreno y Belisario Andrade
  • Teléfono: (07) 2815050 / (07) 2885350
  • Correo: cadpo@argudo.com.ec

10. Transferencias o Comunicaciones de Datos

Las imágenes captadas pueden ser comunicadas a:

  • Autoridades judiciales (por orden judicial)
  • Fiscalía General del Estado (en caso de delitos flagrantes)

Finalidad de las comunicaciones: Cumplimiento de obligaciones legales, investigación de delitos.

NO se realizan transferencias internacionales de datos.

11. Consecuencias de Entrega o Negativa de Datos

La captación de imágenes en espacios de acceso público de la institución es automática y no requiere consentimiento previo del titular, al fundamentarse en el ejercicio de poderes públicos para seguridad.

La negativa a ser captado implicaría la no permanencia en las instalaciones videovigiladas.

12. Efecto de Suministrar Datos Erróneos o Inexactos

Los datos biométricos (imágenes) se captan directamente del titular, por lo que no existe posibilidad de que sean erróneos en origen. En caso de identificación errónea posterior, el titular puede ejercer su derecho de rectificación.

13. Revocación del Consentimiento

No aplica. El tratamiento no se basa en consentimiento, sino en el ejercicio de poderes públicos (Art. 7.4 LOPDP).

14. Derechos del Titular y Forma de Ejercerlos

Conforme a la LOPDP, usted puede ejercer los siguientes derechos:

  • Derecho de acceso: Solicitar información sobre el tratamiento de sus datos
  • Derecho de rectificación: Corregir datos inexactos
  • Derecho de eliminación: Solicitar supresión cuando proceda legalmente
  • Derecho de oposición: Oponerse al tratamiento en casos específicos
  • Derecho de limitación: Limitar el tratamiento en determinadas circunstancias

Canales para ejercer derechos:

  • Correo electrónico: cadpo@argudo.com.ec
  • Presencial: Miguel Moreno y Belisario Andrade
  • Plazo de respuesta: 15 días hábiles conforme a la LOPDP

15. Derecho a la Portabilidad

No aplica en este tratamiento de videovigilancia, al no basarse en consentimiento ni relación contractual.

16. Reclamos ante el Responsable y la SPDP

Ante el responsable:

  • Puede presentar reclamos relacionados con el tratamiento de sus datos ante el DPO al correo cadpo@argudo.com.ec o en forma presencial en la dirección Miguel Moreno y Belisario Andrade.

Ante la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP):

17. Decisiones Automatizadas y Elaboración de Perfiles

No existen decisiones automatizadas ni elaboración de perfiles basados en las imágenes captadas.

PRINCIPIOS APLICADOS AL TRATAMIENTO

Conforme a los criterios oficiales de la SPDP y el Art. 10 de la LOPDP:

Principio de Proporcionalidad

Las cámaras se ubican únicamente en espacios donde existe un riesgo real, concreto y verificable para la seguridad institucional.

NO se realiza videovigilancia en:

  • Baños
  • Vestidores
  • Espacios con alta expectativa de privacidad

Principio de Pertinencia y Minimización

Se captan únicamente las imágenes estrictamente indispensables para cumplir la finalidad de seguridad.

Se han adoptado medidas técnicas:

  • Orientación adecuada de cámaras
  • Configuraciones técnicas limitadas
  • Enmascaramiento de zonas no relevantes

Principio de Finalidad

La finalidad del tratamiento es clara, concreta y específica: seguridad de personas, bienes e instalaciones públicas. No se utilizarán las imágenes para fines distintos.

Principio de Conservación Limitada

Las grabaciones se conservan únicamente por el plazo estrictamente necesario conforme a los Arts. 8, 9 y 11 del Reglamento General de la LOPDP. Transcurrido el plazo, se eliminan de forma segura.

Principio de Transparencia

Se garantiza información clara, accesible y en lenguaje sencillo mediante señalética visible (primera capa) y acceso a información detallada (segunda capa).